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Casas de empeño, un mal necesario – El Sol de Tlaxcala

Ante una emergencia económica, muchas personas suelen acudir a casas de empeño a solicitar un préstamo. Sin embargo, los intereses a pagar suelen ser muy altos con respecto al dinero recibido, que en ocasiones vuelve impagables las deudas, con lo que se pierden los artículos.

 

 

Además, por desconocimiento ya no regresan a solicitar el porcentaje excedente de la venta de éstos que por ley corresponde. A pesar de ello, para muchos las casas de empeño son un mal necesario para salir de un apremio.

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Por otro lado, estos lugares pueden ser una puerta de salida para aquellas personas que hurtan diversos objetos, pues los empleados no solicitan facturas o documentos que acrediten la propiedad, pues únicamente requieren la credencial de elector para el trámite, lo que hace prácticamente ilocalizable el origen de dichos artículos obtenidos por medio de actos ilícitos.

Si bien para abrir una casa de empeño son necesarios varios documentos, estos lugares cada vez son más comunes en la entidad, aunque algunas son cadenas nacionales otras únicamente surgen y desaparecen con la misma facilidad con la que fueron creadas, de ahí que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) emite diversas recomendaciones para corroborar los contratos y demás trámites ante estos negocios y evitar problemas.

Asimismo, en el estado no existe legislación alguna que regule las casas de empeño, lo que en otras entidades sí es una realidad y permite al pignorante estar protegido ante cualquier eventualidad.

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EL SOL DE TLAXCALA CORROBORÓ DATOS

Para confirmar que ninguna casa de empeño solicita documentos a los usuarios para comprobar que los artículos realmente les pertenecen, El Sol de Tlaxcala acudió a varios establecimientos de este tipo a preguntar sobre el empeño de dos relojes con valor estimado de entre los 10 mil y 20 mil pesos, sin que los encargados solicitaran alguna factura o recibo de los artículos.

 

 

Al cuestionar los requisitos para realizar el empeño en las diversas sucursales a las que acudió este Diario, los valuadores indicaron que solo es necesaria la credencial de elector vigente y un número telefónico, lo cual fácilmente podría ser una opción tangible para los amantes de lo ajeno, pues obtendrían una buena suma de dinero, ya que ninguna autoridad revisa esa parte.

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Asimismo, al preguntar sobre el dinero ofrecido por un reloj de precio comercial de 25 mil pesos, el monto varió, pues en una de ellas ofrecieron un préstamo de siete mil 200 pesos, con el pago de mil 294 como refrendo y ocho mil 494 pesos para desempeñar, lo cual representa el 17.96 % mensual sobre el recurso entregado.

Sin embargo, también como primer acercamiento los trabajadores cuestionan si la prenda es para vender o empeñar, pues de eso dependerá el préstamo ofrecido, además de que los refrendos en algunos casos son ilimitados, pues otros te ofrecen a plazos determinados, y después de siete días sin haber refrendado podrían perder el artículo, aunque de no haberlo vendido podría realizar el trámite, pero pagando un monto mayor al acordado, el cual equivale a poco más del tres por ciento del refrendo.

Por otro lado, al acudir a una institución denominada de asistencia privada, los montos de préstamo se incrementaron considerablemente y el interés se redujo casi a la mitad, aunque los tiempos de empeño fueron diferentes, pues por un préstamo de 11 mil 900 pesos, el lapso de empeño sería de tres meses, con un pago mensual de mil 115 pesos por refrendo y desempeño por 13 mil 15 pesos, generando un interés del 9.63 % mensual, aunque en este espacio puede variar, ya que los clientes frecuentes reciben una mejor tasa y al desempeñarlo antes del plazo únicamente pagarán ese porcentaje.

 

 

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TLAXCALTECAS NO VERIFICAN CONTRATOS

Durante un sondeo realizada por El Sol de Tlaxcala a usuarios de estos establecimientos, la mayoría dijo desconocer lo contenido en el contrato o los requisitos que este debe cumplir, lo único que les interesa es el préstamo requerido, pues los apuros económicos deben cubrirlos de cualquier manera.

Además, todos ellos dijeron desconocer que si pierden su prenda y la casa de empeño la vende, ellos tienen derecho a recibir un porcentaje de la venta, pues eso en ningún momento se los informan en los negocios.

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También, en este ejercicio periodístico los usuarios reconocieron que deciden empeñar en los lugares donde el monto ofrecido se acerque más al precio de su artículo en prenda, así de llegar a perderlo no resentirán tanto el no recuperarlo, pues con el monto recibido sería como si lo hubieran vendido.

De igual forma, reconocieron que desconocían que los contratos deben estar registrados ante la Profeco y que las casas de empeño deben estar incluidas en el Registro Público de Casas de Empeño (RPCE).

 

 

REQUISITOS PARA ABRIR UNA CASA DE EMPEÑO

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De acuerdo con el RPCE, para iniciar un negocio de este tipo, los interesados deberán presentar copia certificada ante notario público donde acredite la constitución y la personalidad jurídica del representante legal o apoderado, en caso tratarse de sociedades mercantiles. Para las personas físicas representado por un tercero, poder notarial del mismo.

Además, tendrán que entregar en original y copia la póliza de seguro contra daño y robo por el monto promedio mensual del 100 % del valor del inventario anual de los bienes entregados en prenda, listado de socios, accionistas, administradores, directivos o representantes, así como el formato de solicitud de inscripción, refrendo o modificación de casas de empeño.

Asimismo, deberán presentar un escrito libre dirigido a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) por casa matriz y por cada sucursal con datos como nombre del solicitante, denominación o razón social de la casa de empeño, indicando la marca comercial que utilice y, en su caso, nombre del representante legal, Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y Clave Única de Registro de Población (CURP) del solicitante, socios, accionistas, administradores, directivos, representantes legales y apoderados.

 

 

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También es necesario presentar domicilio fiscal del establecimiento matriz o de las oficinas en las que se asiente la administración de la casa de empeño, así como domicilio fiscal de la sucursal en la que se prestará el servicio de casa de empeño, domicilio, teléfono y correo electrónico para oír y recibir notificaciones y comprobante de pago del trámite.

De igual forma, es necesario contar con el contrato de adhesión registrado ante la Profeco que cumpla con la Ley Federal de Protección al Consumidor, las Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones aplicables vigentes, además de que al realizar el trámite en línea es necesario digitalizar cada uno de los documentos solicitados.

Aunado a lo anterior, deberán cubrir cinco mil 271.25 pesos para la inscripción en el Registro Público de Casas de Empeño y cinco mil 30.32 por refrendo en el mismo.

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Verificar registro

Las casas de empeño son proveedores cuyo objeto de negocio consiste en otorgar una suma de dinero en efectivo a cambio de una prenda, las cuales proveen de recursos inmediatos a los sectores de la población que no tienen acceso a los servicios financieros, y es la Profeco la única autoridad reguladora en materia de casas de empeño a través del RPCE.

Actualmente, de acuerdo con el RPCE, la Profeco tiene registradas para operar siete mil 653 casas de empeño a nivel nacional, de ahí que antes de acudir a una es recomendable verificar que esté registrada en: https://rpce.profeco.gob.mx/casa_empeno.php y leer su contrato registrado ante esta institución en: https://rpca.profeco.gob.mx/

 

 

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Por recomendación de la Procuraduría, si necesita sanear sus finanzas, lo más importante es prevenir cobros excesivos y cláusulas abusivas, así como empeñar solo en caso necesario y procurar que el pago, para recuperar el bien, no supere el 35 % de los ingresos totales. Además, sugiere comparar entre más de una casa de empeño y la forma de pago que más se adapte a las necesidades, así como analizar la tasa de interés.

RECOMENDACIONES

Por otro lado, la Profeco recomienda observar y analizar la información plasmada en la pizarra de anuncios de la sucursal, además de preguntar sobre los cotitulares (personas que pueden desempeñar); informarse acerca de los tipos de empeño existentes en cada espacio, ya que pueden variar, y es importante saber que no pueden calcular intereses sobre intereses del monto a pagar, pues solo se calculan sobre la deuda principal.

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Al no hacer el pago del refrendo o del desempeño en la fecha especificada en el contrato, indica, la prenda será puesta a la venta y podrá recuperarse mediante el desempeño extemporáneo, siempre y cuando no se haya vendido o apartado. Además, es importante corroborar que el cobro del Costo Anual Total sea correcto utilizando la calculadora de Banco de México en: https://www.banxico.org.mx/CAT/ y es necesario leer el contrato y verificar los plazos de pago y oportunidades de refrendo.

Señala que es importante preguntar por comisiones y costos adicionales, además de que, en caso de empeñar joyería, se debe verificar que la báscula donde será pesada tenga el holograma de verificación de la Profeco.

 

 

¿SABÍAS QUÉ?

Más detalles: ➡️ ¡Ojo! Si vendieron lo que empeñaste, te corresponde una parte

En su sección de noticias, la Profeco puntualiza que la prenda empeñada está protegida, por lo que en caso de daño o robo la casa de empeño está obligada a restituirla o, de no ser posible, pagar lo señalado en el avalúo. También, si el cliente no recupera su prenda tiene derecho a recibir un porcentaje posterior a su comercialización y representa la cantidad excedente del costo de la venta de la prenda, una vez descontado el monto de préstamo, intereses y comisiones.

Asimismo, señala que las casas de empeño no pueden utilizar las prendas, pues deben resguardarlas en lo que son recuperadas, además de estar obligadas a transparentar sus operaciones, a través de la publicidad, pizarra de anuncios, textos en las entradas, portales de internet o medios electrónicos.

En caso de incumplimiento en los términos y condiciones pactados en el contrato o que sea detectada una casa de empeño sin registro, la Profeco respalda a los usuarios, por lo cual deberán acudir a la oficina de atención más cercana al domicilio o contactarse al teléfono del Consumidor: (55) 55 68 87 22 y 800 468 8722; WhatsApp: 55 80 78 04 88 y 55 80 78 04 85 o https//telefonodelconsumidor.gob.mx/; asesoría@profeco.gob.mx; Facebook: @ProfecoOficial y Twitter: @AtencionProfeco

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En el estado no existe legislación alguna que regule las casas de empeño, lo que en otras entidades sí es una realidad y permite al pignorante (persona que da en prenda una cosa) estar protegido ante cualquier eventualidad.

Los entrevistados dijeron desconocer que si pierden su prenda y la casa de empeño la vende, ellos tienen derecho a recibir un porcentaje de la venta, pues eso en ningún momento se los informan en los negocios.

 

 

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