La Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE) ha obtenido de parte de una jueza de control una orden de aprehensión en contra del alcalde de Guadalupe, Zacatecas, Julio César Chávez Padilla, por su participación en calidad de coautor en los delitos de homicidio calificado y robo calificado cometidos en perjuicio de Raúl Calderón Samaniego, ex integrante del grupo Los Románticos de Zacatecas, en hechos ocurridos el pasado 2 de enero del presente año.
Ante el pleno de la LXIV Legislatura del Estado en sesión ordinaria de este martes, al que asistieron 25 de los 30 diputados, fue presentada la solicitud de la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJEZ) para el procedimiento de desafuero y separación de cargo del alcalde de Guadalupe, Zacatecas.
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Fue el diputado Enrique Laviada Cicerol, presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), quien detalló que el lunes 17 de abril, recibió el oficio de la FGJEZ, al que dio lectura:
“Remito a usted acuerdo de solicitud de declaratoria de procedencia con remoción de fuero constitucional y separación del cargo del ciudadano Julio César Chávez Padilla, presidente municipal de Guadalupe, Zacatecas, por considerar que ha participado en calidad de coautor en hechos que la ley señala como delitos de homicidio calificado y robo calificado (…) de igual forma remito copia certificada de la orden de aprehensión girada por la jueza de control”.
El presidente de la Jucopo aseguró ante el pleno que se atenderá la solicitud hecha por el Fiscal “con institucionalidad, con toda la seriedad que el caso merece y un estricto apego a la legalidad”.
A más de 100 días del crimen
A inicios de este año causó conmoción el asesinato del abogado y músico riograndense de 37 años, quien fue encontrado sin vida el 2 de enero, dos días después de que sus familiares perdieron comunicación con él cuando viajaba de Jerez a la capital.
Según informó en su momento la FGJEZ, su cuerpo fue localizado sin vida en el interior de su domicilio en el Centro Histórico de Zacatecas. La necropsia del exintegrante de Los Románticos de Zacatecas, arrojó como resultado que la causa de muerte fueron heridas producidas por disparos de arma de fuego
Es la segunda vez que, la Fiscalía realiza públicamente la solicitud de separación de cargo en contra de un alcalde en funciones.
Fue el 6 de octubre 2020 que el fiscal, Francisco Murillo Ruiseco presentó la solicitud de separación del cargo de quien en ese momento se desempañaba como alcalde de Mazapil, para continuar con el procedimiento penal por los hechos que la ley señala como delito de peculado y delitos en materia de contabilidad gubernamental cometidos en perjuicio del municipio; solicitud que no procedió.
¿Qué es la separación del cargo?
Es la separación de una persona del cargo que desempeña como corrección o castigo. Esta figura tiene aplicación generalmente entre las clases trabajadoras al servicio del Estado y demás entes públicos.
Por regla general, estas causas de responsabilidad que llevan o implican destitución del cargo se prevén en las leyes penales, así como en las leyes especiales de responsabilidad política y de responsabilidad administrativa.
La responsabilidad política, dice el artículo 110 de la Constitución, será sancionada con la destitución del servidor público y con su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público.
¿Qué es el desafuero?
El Derecho moderno le garantiza a un representante popular elegido en una democracia la libertad y autonomía necesarias para el desempeño de su función, protegiendo al funcionario de posibles injerencias de otros poderes, o de terceros interesados en impedir o estorbar el ejercicio de su cargo.
Por lo general, el fuero sólo limita en cuanto a acusaciones penales. Puede juzgarse por la vía civil o administrativa al funcionario con fuero, e incluso sometérsele a juicio político.
El desafuero o juicio de procedencia se impone cuando se presume y fundamenta que el funcionario ha cometido un delito, con el desafuero se elimina la restricción procesal que impide que sea juzgado, y se le puede por ende juzgar como a cualquier ciudadano.
La petición de desafuero presentada por la FGJEZ leída esta mañana se turnará a comisiones legislativas Jurisdiccional y de Gobernación. En caso de que el dictamen sea afirmativo, el Congreso en pleno, es decir, los 30 diputados participarían en el juicio de procedencia a manera de juzgado.
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En un juicio de procedencia, el Congreso ejerce una función jurisdiccional donde debe protegerse el debido proceso, dando la garantía de audiencia para que el funcionario que ostenta la protección del fuero constitucional, pueda defenderse.
Nota publicada en El Sol de Zacatecas